Bernardo Hoyos Montoya y Guillermo Hoenigsberg.
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Ordenan captura del exalcalde Bernardo Hoyos y mandan de la casa a la cárcel a Guillermo Hoenigsberg

También ordenan la captura de exjefe de presupuesto, Carlos Camacho, en investigación de la compra de lotes El Vesubio y El Santuario, por $5.551 millones.

El Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, Orlando José Petro Vandervilt, libró orden de captura contra el exalcalde Bernardo Hoyos Montoya, por los punibles de peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, dentro de la investigación por las irregularidades en la compra de los lotes de terrenos El Vesubio y El Santuario, por $5.551 millones.

Igualmente, ordenó al Inpec el traslado inmediato del también condenado en el mismo caso, Guillermo Hoenigsberg Bornacelli, hasta la cárcel El Bosque, para que purgue la pena que le fue impuesta, de 120 meses, la misma que para Hoyos Montoya

Adicionalmente, Hoyos Montoya y Hoenigsberg Bornacelli deberán pagar una multa equivalente a 1.112 millones 238 mil 260 pesos e interdicción para el ejercicio de sus derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena principal.

El Juez también libró orden de captura contra Carlos Camacho Castro por el punible de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, para que suscriba diligencia de compromiso y acredite el pago el pago de caución prendaria equivalente a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La decisión fue adoptada teniendo en cuenta tras verificarse que, pese a estar condenados, no existe contra ellos las órdenes de captura correspondientes.

En el caso de Guillermo Hoenigsberg, el Juez determinó que como se encuentra descontando una pena en otro caso donde se le concedió la sustituta de prisión domiciliaria, debe prevalecer el cumplimiento de la privativa de libertad en establecimiento carcelario por ser esta de carácter principal y no un sustituto penal como el que se le otorgó en el otro proceso que también es vigilado por ese despacho.

En cuanto a Carlos Camacho, el Juez precisó que su captura se ordena para ser reseñado y una vez suscriba la diligencia de compromiso y acredite el pago de la caución prendaria, se ordenará su traslado hasta su lugar de residencia para que purgue la pena impuesta.

El caso se relaciona con el contrato de promesa de compraventa suscrito el 20 de agosto de 1998, por el entonces Alcalde Bernardo Hoyos Montoya, para la adquisición de los lotes de terrenos de 551.4 hectáreas entre el municipio de Galapa y el corregimiento de Juan Mina, denominados El Vesubio y El Santuario, con la Sociedad Agropecuaria Vesubio Cure & Vilaró S. en C., representada por Edith Nicolasa Vilaró, por $5.551 millones, para desarrollar el proyecto habitacional de interés social de 35 mil viviendas “Ciudadela Don Bosco”, para personas del Área Metropolitana de Barranquilla pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3. Esto “para dar cumplimiento al objetivo de Fonvisocial de reducir el déficit de viviendas en Barranquilla en un 36%”.

En desarrollo de dicho contrato el Distrito pagó abonos 1.110 millones 200 mil pesos, cancelados en tres cuotas así: $300 millones, el 28 de diciembre de 1998; $300 millones, el 9 de febrero de 1999 y 468 millones 12 mil 400 pesos el 26 de abril de 1999.

Igualmente se pactó el pago de cuatro cuotas, por 1.110 millones 200 mil pesos, cada una, para cubrir el resto, que serían cancelados el 20 de abril de 1999, 20 de octubre de 1999, 20 de abril de 2000 y 20 de octubre de 2000, respectivamente.

Debido a los cuestionamientos a esta contratación el negocio no pudo perfeccionarse. Básicamente se hicieron serios cuestionamientos al precio pactado y a la cabalidad del terreno. En el primer caso, el precio fue duramente criticado porque se trataba de un terreno que ocupaba una importante área propensa a inundaciones, inadecuada para adelantar proyectos habitacionales, además de vicios jurídicos expuestos en su oportunidad.

En su oportunidad, el Juez Sexto Penal del Circuito Adjunto de Barranquilla, que produjo las condenas, tipificó la actuación de los funcionarios de la siguiente manera:

- Bernardo Hoyos Montoya. Suscribió un contrato de promesa de compraventa del inmueble carente de los más elementales requisitos, tales como identificar los inmuebles por sus medidas y linderos, estipular las garantías exigidas por la Ley para amparar el anticipo que entregó al vendedor; verificar el cumplimiento de todos y cada uno de los trámites previos a la contratación legalmente establecidos por Ley.

“De hecho los presupuestos (certificados) de disponibilidad y reserva presupuestal debieron ser previos a la elaboración del contrato, habida consideración que el contrato se firmó el 20 de agosto de 1998 y los certificados en mención se expidieron el 11 de septiembre de 1998, razones por las cuales su existencia no quedó plasmada en el precontrato, de manera que se determina en él la fuente de financiación de dichos inmuebles. Luego, entonces, Bernardo Hoyos, con su proceder, ignoró la regla de selección objetiva contemplada en la Ley 80 de 1993, ni se efectuó en debida forma el estudio de los títulos de los predios que prometió en compra”.

- Guillermo Hoenigsberg. “Fue el encargado de toda la negociación cuando fungía como Secretario de Hacienda, toda la negociación y trámite precontractual, y le asiste igual responsabilidad en cuanto a la expedición irregular de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal pues, además que se expidieron posterior a la celebración del contrato, es un hecho que no debió disponer de dichos recursos pues la entidad destinataria de los mismos era Fonvisocial, que era la encargada de efectuar los programas de vivienda de interés social”.

- Carlos Camacho Castro. En su condición de Jefe de Presupuesto, expidió 2 certificados de disponibilidad presupuestal por 4.449 millones 800 mil pesos y 1.110 millones 200 mil pesos, respectivamente, para cubrir la totalidad del contrato, pero comprometiendo recursos de Fonvisocial y no de la Administración Central, con posterioridad a la negociación, es decir, el 11 de septiembre de 1998.

En todo caso, las 35 mil viviendas también quedaron “en el aire”.

 

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